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MULTAS ELECTORALES
¿Cuántos tipos de multa existen?
Existen 2 tipos de multas: por omisión al sufragio y por
inasistencia al acto de instalación de mesa, cuando
usted fue designado (a) miembro de mesa titular o
suplente.
¿Cuál es el monto de la multa por omisión al sufragio
para los peruanos en el exterior?
A los peruanos con residencia en el exterior no se les
sanciona con la multa por omisión al sufragio, siempre y
cuando la dirección domiciliaria que aparece en su DNI
sea una dirección del exterior.
Los peruanos residentes en el territorio peruano que
sean omisos al sufragio sí estarán sujetos a multas.
Dicho monto no podrá exceder el 2 % de la Unidad
Impositiva Tributaria (UIT)[1] y se aplicará de acuerdo
con el Cuadro de Aplicación de Multas Escalonadas según
Niveles de Pobreza que va de 0.5 % a 2 % (de S/. 17.25 a
S/. 69.00)
¿Cuál es el monto de la multa por inasistencia al acto
de instalación de mesa de sufragio?
US$ 50 dólares, tanto para los peruanos en el exterior
como para los que residen en el Perú.
¿Cómo puedo averiguar si debo o no debo multas
electorales?
Si RECUERDA SU NRO. DE DNI, usted puede revisar si debe
o no debe MULTAS ELECTORALES y el monto las mismas en la
base de datos de la Oficina Nacional de Procesos
Electorales (ONPE):
http://www.onpe.gob.pe/
En la parte inferior de la página http://www.onpe.gob.pe/,
a su mano derecha, usted encontrará la opción "CONSULTE
AQUÍ SI TIENE MULTAS". Las multas aparecerán en Nuevos
Soles.
Si usted NO RECUERDA SU NRO DE DNI, envíe un email a
informes@consulperuatlanta.com
junto con sus nombres y
apellidos completos y le responderemos enviándole su
número de DNI a a la brevedad posible.
Perdón de las multas por omisión al sufragio
La
Ley No. 28859 condonó (perdonó) las multas por
omisión al sufragio en los procesos electorales
realizados con anterioridad al 4 de agosto de 2006.
Esta condonación de multas, sin embargo, no tiene efecto
retroactivo. Es decir, que aquellos ciudadanos que ya
han pagado dichas multas, no podrán obtener devolución o
reembolso alguno.
La multa por inasistencia a la instalación de mesa de
sufragio sigue vigente.
El perdón de las multas no es aplicable a los peruanos
que fueron sancionados por no asistir a la instalación
de una mesa de sufragio, o negarse a integrarla o
rehusarse a desempeñar el cargo de miembro de mesa. Esta
multa, que es equivalente a S/. 152.50 o US$ 50,[2] no
ha sido condonada.
Si debo multas, ¿no puedo realizar trámites?
La Ley No. 28859, que entró en vigencia el 4 de agosto
de 2006, suprimió las restricciones civiles,
comerciales, administrativas y judiciales y
reduce/condona las multas a favor de los ciudadanos
omisos al sufragio.
Es decir que, aún cuando usted deba multas por omisión
al sufragio o por inasistencia a la instalación de mesa
de sufragio, ningún funcionario puede impedirle que
realice sus trámites, sean estos ante una oficina
consular o un banco. No obstante, tome en cuenta que, a
partir de la entrada en vigencia de la citada Ley, en el
Perú el cobro de las multas está a cargo del Jurado
Nacional de Elecciones a través de los jueces coactivos.
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