REQUISITOS PARA LA EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN DEL
MINISTERIO DE SALUD QUE AUTORIZA A LOS PROFESIONALES Y
PERSONAL SANITARIO EXTRANJERO A EJERCER TEMPORALMENTE EN
EL PERU
1.- Una carta de presentación de la Misión Médica
extranjera dirigida a la Licenciada Liliana La Rosa
Huertas, Directora General de Cooperación Internacional
del Ministerio de salud, en la que se precise:
·
Información básica de la entidad organizadora
extranjera, incluyendo sus datos de contacto;
·
Información básica de la entidad en el Perú que invita a
la misión médica, incluyendo sus datos de contacto;
·
Fechas previstas para el desarrollo de las actividades
sanitarias;
·
Objetivo de la misión médica (que tipo de atenciones se
brindarán, población beneficiaria, etc).
2.- Listado de los médicos y personal sanitario
extranjero que integrará la misión médica, precisando su
especialidad.
3.- Copia legible del pasaporte;
4.- Copia legible del Diploma universitario.
5.- Copia simple de la Licencia Profesional
6.- Copia simple del Título Professional y del Título de
Especialización (de ser el caso)
7.- De ser el caso, la lista de equipos, instrumental
médico y medicamentos que la Misión desea internar al
Perú para ser usado en las actividades sanitarias. Dicho
listado deberá diferenciar los objetos de donación del
material que sólo viene como ingreso temporal. El
listado de medicamentos debe indicar la denominación
común internacional, la cantidad y fecha de vencimiento
de los mismos.
Los requisitos antes señalados son indispensables y
deben ser entregados al Consulado al mismo tiempo y con
cinco semanas de anticipación para que el Ministerio
de Salud gestione ante el Colegio Médico el permiso de
ejercicio temporal de la profesión en Perú para luego
emitir la Resolución Vice-Ministerial que autoriza el
desarrollo de la misión médica.
El Perú reconoce la importancia que brindan las misiones
médicas que visitan el país orientadas a cooperar y
complementar los servicios de salud que presta el
Estado.